El Bloque de Concejales del Partido Justicialista de Malabrigo presentó en la sesión de este lunes un proyecto para eliminar las bolsas de nylon en la ciudad. El proyecto fue presentado y pasó a comisión.

 

Efraín Silvestri, Cristian Sarramona y Luis Carlos Nardín trabajaron en un proyecto para eliminar desde el próximo año las bolsas de nylon en la ciudad de Malabrigo. El trabajo se realizó, luego de varias reuniones con los encargados de medio ambiente del municipio.

 

Continuación el proyecto presentado textualmente:

 

VISTO:

 

Que el incremento del uso de bolsas de plástico como embalaje y envase generalizado para el transporte y contención de todo tipo de bienes y productos, ha aumentado considerablemente; y

 

CONSIDERANDO:

 

Su nocivo impacto ambiental y que la multiplicación en el uso de estos objetos perjudica al medio ambiente y a los seres humanos, generando un impacto visual negativo, cuando ellas se esparcen por toda la ciudad.-

 

Que en ese sentido, este Cuerpo reconoce la necesidad de diseñar un proyecto integral cuyo objetivo sea la disminución en la utilización de envolturas y bolsas de plástico oxo-biodegradabales, biodegradables, hidrodegradables o de similar naturaleza, ello con el fin de evitar la contaminación del medio ambiente.-

 

Que el Artículo 41º) de la Constitución Nacional, consagra el derecho a un ambiente sano y equilibrado para todos los habitantes, pero a su vez, establece el deber de preservarlo como una responsabilidad de todos.-

 

Que es un deber del Municipio la prevención y control de todas las formas de contaminación, garantizando un ambiente sano y protegiendo la salud pública en el ejido municipal.-

 

Que en este Concejo Municipal se aprobó la Ordenanza Nª 755/09 cuyo objetivo consistía fundamentalmente en la generación de una campaña de concientización como paso previo de instrumentar la obligatoriedad de erradicar el uso de las mismas.-

 

Que consideramos que transcurrido un largo proceso de concientización que surge a partir de reconocer que el incremento indiscriminado del uso de bolsas y/o camisetas como embalaje, envase y transporte de todo tipo de bienes y productos, ha aumentado considerablemente multiplicando su nocivo impacto ambiental.-

 

Que asimismo, se propone un cronograma gradual y progresivo, en el cual tanto comercios como el consumidor puedan cambiar hábitos al respecto modificando paulatinamente esta cultura de la utilización de plásticos descartables.-
Que a través de la legislación, educación y concientización, tanto funcionarios, como ciudadanos y comerciantes deben comprometerse con este objetivo.-

 

Que la presente reglamentación es una parte integrante, que debe ir encuadrado en un proyecto macro, de políticas públicas apuntando al manejo eficiente de residuos urbanos. Las mismas deben asegurar un ambiente más sano, favoreciendo el derecho a la salud de todos los Malabriguenses.-

 

Creemos sustancial generar acciones concretas que apunten directamente a la protección del medio ambiente y fomenten la preservación de los irremplazables recursos naturales.-

 

Que el presente proyecto, intenta abordar la problemática señalada minimizando su impacto ambiental y promoviendo la utilización racional y reutilización de aquellos materiales que resulten menos contaminantes al medio ambiente.-

 

Por todo lo antes expresado, el BLOQUE DE CONCEJALES DEL PARTIDO JUSTICIALISTA propone el siguiente:

 

PROYECTO DE ORDENANZA:

 

ARTICULO 1º: Prohíbase en el Distrito de Malabrigo el uso de plásticos, oxo-degradables, biodegradables, fotodegradables o similares para contener mercaderías, materiales o productos expedidos por supermercados, minimercados, almacenes, polirubros y o comercios en general para su transporte. Las bolsas de plástico serán sacadas de circulación.-

 

ARTICULO 2º: Quedan exceptuados del Artículo 1º, el uso de bolsas de material no biodegradable para contener alimentos o insumos húmedos, elaborados o preelaborados, únicamente como continente o envase y todos aquellos que por razones de seguridad y conservación no puedan remplazarse por materiales biodegradables.

 

ARTICULO 3º: La aplicación del Artículo 1º tendrá vigencia a partir del 2 de enero del año 2015 para sustituir las bolsas de plástico no biodegradables por otros de materiales biodegradables.

 

ARTICULO 4º: El municipio deberá realizar una fuerte campaña de concientización previo a la puesta en vigencia del artículo 1º de la presente ordenanza.

 

ARTICULO 5º: Todo supermercado, minimercado, almacen, polirubro o comercio en general que no cumpla con la presente ordenanza tendrá el siguiente régimen de sanciones: a) apercibimiento: cuando se observe por primera vez el incumplimiento de la presente., b) decomiso de todos las bolsas prohibidas en el artículo primero que se encuentren en el local y/o depósitos del mismo, c) multas: 500 U.T. y en caso de reincidencia: 1000 U.T., d) clausura temporaria o definitiva del establecimiento.

 

ARTICULO 6: De forma.-