Luego de la audiencia del viernes en la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Vera, en la que se debatió el pedido de Manuel Díaz para que la justicia le restituya la libertad o le otorgue la prisión domiciliaria por entender que está vencido el plazo máximo de dos años de prisión preventiva, esta semana el juez de Cámara Mario Balestieri deberá resolver ese incidente procesal.

 

En la cita judicial por la extensión de la medida cautelar estuvieron presentes el fiscal Leandro Benegas, el defensor Olivera, obviamente Manuel Díaz, imputado el doble abuso con acceso carnal de su hija menor de edad ocurrido en la noche de San Juan de 2015, y familiares de la víctima.

 

Sobre lo ocurrido, el fiscal del caso precisó que la prórroga de la prisión preventiva que solicitó es porque al vencer el plazo de dos años “se debe pedir esa prórroga, entendiendo que están presentes los riesgos procesales de entorpecimiento probatorio”.

 

Benegas indicó que “esos riegos tienen que ver con actividades delictuales de Díaz tendientes a cambiar la declaración de su hija menor a la cual abusó. Está presente el peligro de que intente coaccionar a la víctima para que deje sin efecto la acusación en su contra, o que teniendo en cuenta que la expectativa de pena que enfrenta es de 20 años de prisión efectiva cuando el mínimo es de 8 años por los delitos cometidos pueda fugarse”.

 

Respecto del requermiento del imputado, el fiscal dejó en claro que “el pedido de Díaz está claramente fuera de lugar por cuanto reclamó la prisión domiciliaria o la libertad ambulatoria hasta el día del juicio alegando que ya había vencido el plazo de dos años de la prisión preventiva”.

 

Asimismo, sostuvo que “esto ya fue denegado en primera instancia y luego de que Díaz apelara ahora llegó a la Cámara Penal. En realidad hay un error en el planteo de Díaz porque el pretende que se le computen las dos preventivas dictadas: la primera cuando cayó preso por los abusos cometidos contra su hija menor en su infancia, y la segunda dictada en razón de la violación ocurrida el 26 de junio de 2015 que es la que está firme, puesto que la primera fue derogada”.

 

Sobre esa circunstancia procesal, Benegas puntualizó que “esos días que estuvo preso por las dos preventivas son computables una vez que sea condenado para descontar de la pena, pero no para efectos de la preventiva ya que no se deben sumar según el sistema penal de la provincia”.

 

El funcionario judicial dijo con firmeza que “me opuse a Díaz pueda salir en libertad y también a que pueda esperar el juicio en prisión domiciliaria porque si encerrado en una celda pudo secuestrar y apretar a su hija para que cambie la declaración, en libertad aunque sea en la ciudad de Santa Fe tiene medios y posibilidades para apretar a testigos o afectar el proceso como lo ha hecho hasta ahora”.

 

Infovera