Este jueves, la Comisión de Seguimiento de Fondos para Obras Menores -Ley 12.385-, aprobó 35 solicitudes de afectación por gastos corrientes  por $ 42.127.853,46. Malabrigo es una de las ciudades que recibirá este aporte.

 

Estuvieron presentes, el secretario de Regiones, Municipios y Comunas Dr. Carlos J. Torres, la subsecretaria de Coordinación y Gestión Territorial María Paula Salari;  por el Ministerio de Desarrollo Social, el subsecretario de Desarrollo Territorial Daniel Basile; los Senadores Provinciales Rubén Pirola, Rodrigo Borla y Osvaldo Sosa, y los Diputados Provinciales  Gabriel Real y Victoria Tejeda.

 

La reunión se llevó a cabo a las 9:30 hs en la secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, ubicada en Casa de Gobierno, calle 3 De Febrero 2649, Santa fe.

 

Localidades beneficiadas

 

Departamento Belgrano: Las Parejas

 

Departamento Caseros: Los Molinos y Sanford

 

Departamento Castellanos: Colonia Bigand y Colonia Margarita

 

Departamento Constitución: La Vanguardia y Máximo Paz

 

Departamento Garay: Saladero Mariano Cabal

 

Departamento General Lopez: Carreras, Elortondo y Wheelwright

 

Departamento General Obligado: Avellaneda, Malabrigo y Reconquista

 

Departamento Iriondo: Totoras

 

Departamento La Capital: San José Del Rincón

 

Departamento Las Colonias: Cululú y Humbold

 

Departamento Nueve De Julio:  Pozo Borrado

 

Departamento Rosario: Alvarez, Fighiera, Pueblo Muñoz, Soldini y Uranga

 

Departamento San Cristobal: La Lucila y Portugalete

 

Departamento San Javier: Colonia Teresa

 

Departamento San Jerónimo: Coronda y Desvío Arijón

 

Departamento San Lorenzo: Carcarañá, Luis Palacios y Villa Mugueta

 

Departamento San Martin: Castelar y La Bandurrias

 

Departamento Vera: Los Amores

 

LEY DE OBRAS MENORES Nº 12.385

 

Los Municipios de segunda categoría y Comunas de la Provincia de Santa Fe pueden solicitar recursos para la construcción de obras y adquisición de equipamiento y rodados.

 

Este fondo además contempla, los fondos entregados por emergencia hídrica, los cuales pertenecen al cinco por ciento (5 %) previsto en la Ley de Aportes de Obras Menores, que se afecta a proyectos en los que se acredite urgencia y/o emergencia.