Las mismas fueron extraídas del decreto provincial respectivo.

 

– Personal docente: La asignación se abonará en dos cuotas iguales, durante los meses de diciembre de 2016 y enero de 2017, respectivamente.

 

El importe de la asignación establecida en el presente artículo resultará de la siguiente escala, sin perjuicio de lo que se dispone para el caso del personal docente:

 

*Hasta $ 20.000 (Veinte mil pesos) nominales Pesos tres mil ($ 3.000.-)

 

*Entre $ 20.001 (Veinte mil un pesos) y $ 30.000 (Treinta mil pesos) nominales Pesos dos mil quinientos ($ 2.500.-)

 

*Entre $ 30.001 (Treinta mil un pesos) y $ 50.000 (Cincuenta mil pesos) nominales Pesos dos mil ($ 2.000.-).

 

En el caso del personal docente titular o interino, el importe de la Asignación resultará de las siguientes condiciones:

 

*Cargos con menos de 551 puntos Pesos tres mil ($ 3.000.-)

 

*Cargos con 551 puntos o más Pesos dos mil ($ 2.000.-)

 

*Por cada hora cátedra de nivel superior Pesos ciento veinticinco ($ 125.-)

 

*Por cada hora cátedra de otros niveles Pesos cien ($ 100.-)

 

*En ningún caso un mismo docente percibirá una suma mayor a pesos cuatro mil quinientos ($ 4.500).

 

*La Suma antedicha se hará efectiva a favor del personal docente reemplazante con prestación de servicios durante el mes de noviembre de 2016 y proporcional al tiempo trabajado en dicho mes, como asimismo al personal docente perteneciente a los establecimientos educativos de gestión privada incorporados y/o autorizados.

 

*En los casos en que el agente se encuentre incluido en más de un Escalafón, se acumularán los Sueldos Nominales a los fines de la aplicación del tope establecido en el primer párrafo del presente artículo. Sin perjuicio de lo indicado respecto a la acumulación del sector docente, en el caso de acumulación de cargos entre otros escalafones, la suma de sueldos nominales respectivos se aplicará a los fines de determinar el importe de la asignación aplicable.