La lectura del veredicto por parte del Tribunal que tuvo a su cargo el juzgamiento de Manuel Díaz podría acompañarse con varios calificativos, pero ninguno aparecería como previsible, por eso podría decirse que la sensaciones fueron de sorpresa, indignación y estupor que produjo la lectura de la sentencia en una sala abarrotada de gente, en función de la expectativa que había despertado el caso.

 

Díaz fue acusado y condenado –en fallo dividido- a 15 años de prisión efectiva por las violaciones reiteradas contra su propia hija desde los 9 años.

 

La Fiscalía y la querella habían solicitado 30 años de prisión, mientras la defensa pretendía la absolución.

 

Según los jueces, Claudia Bressán, Leandro Díaz y Mauricio Martelossi, los cargos fueron como autor penalmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante por la circunstancia de su realización, reiterado, agravado por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor y aprovechándose de su situación de convivencia; por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo y por ser el autor el encargado único de la guarda y cuidado de la menor, aprovechándose de su situación de convivencia; y por desobediencia de una orden judicial, todos en calidad de autor y en concurso real; y fue absuelto por unanimidad de culpa y cargo por el delito de corrupción de menores agravado por el vínculo y abuso sexual con acceso carnal agravado por haber producido graves daños en la salud física y mental de la víctima, la noche del 24 de junio de 2015 cuando, luego de cumplir con la primera etapa de prisión preventiva fue dejado en libertad, atacó nuevamente a su hija en la vía pública y volvió a violarla en un baldío detrás del Club Huracán.

 

Más allá de lo discutible en cuanto a los hechos condenados lo que no se entiende es cómo el Tribunal pudo absolver a Díaz en el último hecho en cuestión, cuando fue inexplicablemente dejado en libertad dándole la oportunidad de violarla nuevamente con suma violencia la noche de San Juan, según el relato expuesto en la audiencia y que produjo un elevado grado de repulsión y asco entre el auditorio.

 

No se entiende cómo los jueces no solamente no tuvieron en cuenta el relato de la víctima, sino tampoco fueron considerados los informes periciales de los profesionales del Instituto Médico Legal de Rosario cuyas pruebas de ADN fueron calificadas como “irrefutables”.

 

Qué hay detrás de la sentencia en un fallo dividido porque, según se pudo saber, uno de los integrantes votó por la absolución…

 

En un tiempo donde la justicia está en la mira, y este caso en particular estaba en el foco de la atención nacional, y se esperaba una sentencia ejemplar, nos encontramos con una decisión que vuelve a poner un manto de sospecha sobre el Poder Judicial arrastrando a buenos y malos.

 

Una diferencia que marcó muy bien la mamá de Gisela, Leandra Marinelli, cuando “destacó la tarea del fiscal y la querella, pero acusó a los jueces de corruptos que tienen mucho que esconder y encubren a Díaz porque sabe demasiado”.

 

El fiscal Benegas adelantó que el fallo será apelado, no obstante espera ver los fundamentos que expliquen las razones de una condena que el sentido común jamás entenderá.

 

Es una pena que Vera vuelva a ser tapa de diarios por un hecho tan negativo que nos deja al descubierto como una sociedad enferma y cada vez más descreída de sus instituciones y, por lo visto, ya nadie podrá salvarnos del escándalo.