El Estudio Juridico Vizcay Gomez, nuevamente, logra que la obra social Osprera cumpla con la cobertura total de un niño romanense.que debe ser operado de forma urgente. Se trata de los autos caratulados: “BORDON, NARA GISEL Y OTRO C/OBRA SOCIAL TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (OSPRERA) S/AMPARO LEY 16.986 Y MEDIDA CAUTELAR”, EXPTE N° FRO 10.609/2025; de trámite ante esta Secretaría de Derechos Humanos del Juzgado Federal de primera Instancia de Reconquista.

 

El menor, JONAS, es hijo de Nara Bordon y Lucas Mendoza oriundos de Romang, y el niño tiene un hermanito gemelo, pero solo el fue diagnosticado con HIPOSPADIA PENO-ESCROTAL e HIDROCELE COMUNICANTE al nacer. Fue intervenido quirúrgicamente a fines del 2023 por primera vez, a la escasa edad de dos años y siete meses. Pero el tratamiento completo incluye tres cirugías correctivas.

 

La obra social Osprera cancelo en dos oportunidades, la segunda cirugía del niño, con diferentes excusas y los turnos fueron cancelados intempestivamente, por “POR FALTA DE COBERTURA”. Lo GRAVE de estas cancelaciones, es que para estas cirugías, el niño  debe hacer un tratamiento con hormonas por 20 días, antes de cada operación, además del pee-quirúrgico. Para diciembre pasado esta práctica tenía un costo aproximado de $ 5.000.000. La gravedad del caso, es que -de no realizarse en plazos prudenciales el INJERTO de piel de la primer cirugía- se perdería, ocasionando daños irreparables al niño.

 

El Dr ALDO MARIO ALURRALDE, Juez de 1° Instancia del Juzgado Federal de Reconquista, en apenas dos semanas de la presentación, ordenó de forma URGENTE :

 

– “HACER LUGAR A LA MEDIDA CAUTELAR solicitado, ordenando en consecuencia que la OBRA SOCIAL DE LOS TRABAJADORES RURALES Y ESTIBADORES (OSPRERA), con domicilio donde se indica, proceda al reconocimiento TOTAL e INMEDIATO y cobertura total de la SEGUNDA CIRUGIA URETROPLASTIA DE BRACKA Y NEOMEATOPLASTIA CORRECTIVA (incluyendo estudios pre y post quirúrgicos, elementos descartables, honorarios profesionales y cuanto fuera necesario para la realización de la misma); en el término de 72 h horas hábiles contadas a partir de la notificación de la presente, a favor del niño JONÁS MENDOZA; N° DNI 58.866.155; todo ello previo consentimiento por imperio de la Ley 26.529.”

 

Nuevamente el Estudio de la Dra Graciela Vizcay Gomez, de Buenos Aires con sede también en Romang, Santa Fe, logró un nuevo Amparo de Salud inobjetable,  sumados a los innumerables casos resueltos contra IAPOS y prepagas de todo el país.-