La Convención encargada de reformar la Carta Magna provincial votó cambios en varios artículos, entre ellos el que habla de la relación entre los cultos, las iglesias y el Estado. La sesión continúa este sábado

 

La décima sesión de la Convención Reformadora abordó este viernes algunos de los temas sobre los que dictaminó la comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías, entre ellos el artículo 3, que habla sobre la relación entre la Iglesia y el Estado. También los artículos 29 y 30, que refieren al derecho a elegir y ser elegido e incluyen la Ficha Limpia.

 

La sesión se dividió en cinco bloques y no incluyó todos los temas del dictamen de mayoría de la Comisión que los trató. Se definió dividirla en dos, continuar hasta tratar cinco de los diez tópicos y continuar con los demás este sábado.

 

La separación de la Iglesia y el Estado fue el artículo más ovacionado de todos los votados hasta ahora en la Convención, con un aplauso sostenido durante varios minutos por los propios representantes de Unidos y algo del público que participó de la sesión.

 

Estado laico

 

El artículo actual de la Constitución dice que la religión de la provincia es la Católica, Apostólica y Romana, “a la que le prestará su protección más decidida, sin perjuicio de la libertad religiosa que gozan sus habitantes”. Pero las modificaciones avanzaron hacia una laicidad del Estado, sin privilegios para ninguna religión.

 

El dictamen de mayoría, aprobado con 50 votos afirmativos, diez negativos y siete abstenciones, establece que Santa Fe asegura la distinción entre el Estado y el orden religioso y no fija religión oficial.

 

Y sostiene: “La relación entre el Estado, la Iglesia Católica, las iglesias y los cultos legalmente reconocidos se rige por los principios de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación y neutralidad”.

 

Tras varias idas y vueltas, fue incluida en la redacción la mención explícita a la Iglesia Católica. Según explicaron en Unidos, tiene que ver con una cuestión técnica y la incorporación no implica un privilegio por sobre otras religiones o cultos.

 

Es que la Iglesia Católica no está incluida en el registro oficial de iglesias y cultos. Según el Código Civil y Comercial, la Iglesia Católica es persona jurídica pública porque detrás está el Estado Vaticano. Por eso, al nombrar a “iglesias y cultos” no se incluía a esta religión, por lo que se definió expresarla como tal.

 

El encargado de defender la redacción por parte de Unidos fue Walter Ghione, quien además de convencional es diputado provincial y pastor evangélico. Sostuvo que la modificación es un avance histórico para un artículo que hoy es “anacrónico” y que va “en contra de valores de la democracia” como la igualdad o la libertad de conciencia.

 

Al finalizar la intervención, el propio gobernador Maximiliano Pullaro se levantó para darle la mano a Ghione por su intervención. También Amalia Granata se dirigió al convencional, pero sin micrófonos y con insultos. De inmediato fue advertida por el presidente de la Convención, Felipe Michlig.

 

El también convencional oficialista y ministro de Obras Públicas provincial, Lisandro Enrico, defendió el nuevo artículo. “Se hace mención a algo que ocurre todos los días, que es la cooperación entre el mundo de la fe y el accionar del Estado”, indicó. Luego sostuvo: “Esto deja en claro que no hay separación”.

 

Ficha Limpia

 

Tras los homenajes a las presidencias honoríficas de Olga Foschi y Clyde Barsotti de Altieri (las únicas dos mujeres que formaron parte de la Convención Reformadora de 1962), las discusiones iniciales giraron en torno a la Ficha Limpia, con cierta tensión política aportada por bloques opositores.

 

El dictamen de mayoría aprobado con 51 votos afirmativos sobre el artículo 29 establece que “ninguna persona puede ser candidata para ocupar cargos electivos si fue condenada por delitos dolosos en las condiciones que determine la ley”.

 

Ficha Limpia es un parámetro que hay que cumplir para ser elegido por los ciudadanos para ocupar un cargo público. Eso quiere decir que ninguna persona con condenas penales en determinados delitos puede presentarse como candidato.

 

Pero hay detalles que deben definirse para dejar en claro el poder de esa herramienta, como el alcance de la condena y el tipo de delito cometido. En la redacción actual, esas cuestiones quedan sujetas a la ley provincial.

 

En Santa Fe existe una ley desde 2022, que entró en vigencia con las elecciones de 2023. Es la sexta provincia del país en tener una norma de Ficha Limpia, luego de Chubut, Mendoza, Salta, Jujuy y San Juan.