Había sido dispuesto por el Gobierno Nacional en el 2014 y de manera desdoblada. La primera se dio en el mes de octubre del pasado año, mientras que la restante se da partir del 1º de enero de este 2015.

 

A continuación los salarios mínimos que regirán y serán:

 

– Para la categoría de supervisor/a el salario será de 5.135 pesos para el personal con retiro y 40 pesos la hora.

 

– 5.720 pesos sin retiro y 44 pesos la hora.

 

– Personal para tareas específicas 4.771 pesos y 38 pesos la hora en el caso con retiro.

 

– 5.311 pesos mensuales y 42 pesos la hora sin retiro.

 

– Caseros 4.654 pesos mensuales y 36 pesos la hora; personal de asistencia y cuidado de personas deberán cobrar un mínimo de 4.654 pesos mensual y 36 pesos la hora con retiro.

 

– 5.187 pesos y 40 pesos la hora sin retiro.

 

– Personal para tareas generales pasará a 4.186 pesos y 33 pesos la hora con retiro.

 

– 4.654 pesos y 36 pesos sin retiro.

 

En la Resolución 1062/2014 publicada hoy en el Boletín Oficial, se aclara que “el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría quedará comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad”.